26 sept 2013

Expo Industria

Este Fin de semana se realiza la II Expo Industria en Mar del Plata. Estaremos presentes recorriendo el lugar y sus expositores. Nosotros como equipo estaremos presentes colaborando con un artículo. En él, hablamos de la tercerización de servicios.
Los invitamos a asistir a este enorme evento,  conocer el trabajo de muchos y participar de las diferentes actividades que proponen.



Empleados de Comercio


25 sept 2013

Servicio Doméstico

Se anunciaron aumentos del 25 % para empleados de servicio doméstico. Aquí le dejamos como quedan, a partir de este mes las diferentes categorías: 



Además, tomamos un extracto de la página web Iprofesional donde explican claramente, de mano del experto en ley laboral, el nuevo régimen que da marco al servicio doméstico. 

  • Abarca a más trabajadoras ya que se aplica a empleados con o sin retiro, cualquiera fuere la cantidad de horas diarias o de jornadas semanales que trabajen.
  • Limita expresamente la jornada de trabajo: la diaria no puede exceder de 9 horas y la semanal de 48 horas.
  • Establece el descanso semanal de 35 horas corridas a partir del sábado a las 13 horas.
  • Introduce el pago de horas extras, con un recargo del 50% para los días comunes y uno del 100% para los sábados después de las 13 horas, días domingos y feriados. 
  • Estipula una alimentación sana y suficiente: incluye desayuno, almuerzo, merienda y cena en función de la modalidad y duración de la jornada. 
  • Contempla una habitación amueblada e higiénica, con destino exclusivo para el personal sin retiro. 
  • Modifica la licencia por vacaciones que será de 14, 21, 28 y 35 días corridos según la antigüedad en el servicio. 
  • Introduce licencias especiales por nacimiento, maternidad, matrimonio, fallecimiento (del cónyuge o conviviente, hijos, padres y hermanos) y por examen. 
  • Amplía las licencias por enfermedad en hasta 3 ó 6 meses, según la antigüedad en el servicio. 
  • Fija indemnizaciones especiales por despido por causa de embarazo o maternidad. 
  • Incrementa la indemnización por antigüedad o despido. Y la duplica en los casos de relaciones laborales no registradas o si están de modo deficiente.
Por último, el experto indicó que la norma fija que todos los empleados deberán contar con una libreta de trabajo.

Cualquiera sea su posición: empleado o empleador, pueden realizar su consulta y actualizar su situación de la mano de nuestros profesionales. 

Fuentes:
- Info Leg. http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/220000-224999/220063/norma.htm
- I Profesional. http://www.iprofesional.com/notas/170239-Rige-desde-este-mes-un-incremento-salarial-del-25-para-el-servicio-domstico



16 sept 2013

Trabajo de Menores


Queremos contarles cuales son algunos de los puntos a tener en cuenta, al momento de contratar a personal menor de 18 años. 

Autorización

Para la contratación de menores es necesaria la autorización previa de Padres, responsable o tutor. Teniendo presente que el empleador debe exigir un certificado médico que acredite su aptitud para el trabajo y someterlos a los reconocimientos médicos periódicos que prevean las reglamentaciones respectivas. 


Condiciones. Horarios. Trabajo Nocturno

El rango de edad permitido es entre 16 y 18 años. No superando las 36 hs semanales y la distribución diaria no debe superar las 7 hs. Y aquellos que pretendan superar este tope de horario deberá realizarlo mediante previa autorización de la autoridad administrativa. No pueden trabajar en horario nocturno, comprendido entre las 20 y 6 hs del día siguiente. 


Excepción. Empresa de Familia

Los menores a la escala mencionada anteriormente no pueden ser contratados. Salvo los menores a partir de 14 años, que sea mediante una empresa de Familia, no superando la carga horaria de 3 hs diarias. Así mismo, deben obtener una autorización de la autoridad administrativa laboral a cada jurisdicción para poder gozar de esta excepción. 

Las escalas salariales según empleados de comercio. 

En el siguiente cuadro veremos el detalle de haberes en una jornada de 6 hs. Puede ampliarse según actividad y/o categoría



Aquí detallamos parte de la normativa que da soporte a este tipo de contratación, pero pueden visualizarla de manera completa en el siguiente link Info Leg. 

11 sept 2013

Monotributistas: Cambios en tope de facturación y recategorización.


Ricardo Echegaray, anunció los cambios en Topes de Facturación para monotributistas. Modificación que rige a partir del 1 de septiembre. 


El Titular de la Afip, exclicó que se duplica el límite anual de facturación. Pasa de $200.000 a $400.000 para prestación de servicios y pasa de $300.000 a $600.000 para compraventa de productos.

"El nuevo régimen comienza a regir desde el 1 de septiembre. Y como la facturación termina el 30, los que tienen que recategorizarse pueden usar estos nuevos parámetros", detalló Ricardo Echegaray. 

Así quedarían los nuevos Topes:



Y las nuevas escalas de categorización:







Recategorización.

Con estos cambios anunciados el día 20 de septiembre se realizarán las respectivas actualizaciones tributarias. Teniendo en cuenta: Ingresos brutos obtenidos, Superficie afectada a la actividad realizada, la energía eléctrica consumida y alquileres entre el periodo septiembre 2012 hasta agosto 2013.

Pequeños Constribuyentes.

Aquellos que ganen más de $12000 mensuales deberán informar la energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados durante el último cuatrimestre.


Fuente y artículo completo: http://www.iprofesional.com